Reglamento

Capítulo VI. De los Servicios

Artículo 23. La Biblioteca proporciona los siguientes servicios bibliotecarios y de información:

I. Préstamo interno. Consiste en facilitar los recursos documentales y de información a los usuarios para consulta únicamente dentro de la sala de lectura de la Biblioteca;

II. Préstamo a domicilio. Consiste en facilitar material del acervo a los usuarios para que los utilicen fuera de las instalaciones de la Biblioteca. Este tipo de préstamo se realizará bajo las siguientes condiciones:

a) El límite de obras por préstamo será de dos;

b) El límite en tiempo es de cinco días hábiles;

c) El usuario al solicitar el material deberá presentar credencial vigente de la Biblioteca, y

d) La renovación del préstamo será de hasta dos veces por obra. 
III. Préstamo interbibliotecario. Consiste en proporcionar material documental a instituciones que tengan con la ENEO un convenio, conforme a lo dispuesto en el artículo 15, fracción II, inciso b) de este reglamento. El préstamo interbibliotecario se realizará bajo las siguientes condiciones:

a) La institución deberá enviar la solicitud de préstamo interbibliotecario debidamente requisitada y de acuerdo con los contenidos de los formatos establecidos por la ABIESI;

b) El préstamo estará limitado hasta dos obras por un período de cinco días hábiles, con posibilidad de hasta dos renovaciones solicitados de manera personal o por vía telefónica;

c) No se podrá solicitar nuevos títulos, hasta que no se realice la devolución del material de préstamo anterior;

d) El material hemerográfico no se presta, sin embargo, se podrán proporcionar las fotocopias o escaneo de las misma, y

e) La institución solicitante asumirá la responsabilidad de los gastos de reparación, extravío o daño del material prestado.

IV. Orientación e información de usuarios. Consiste en atender cualquier petición de por parte de los usuarios;

V. Fotocopiado. El usuario puede solicitar fotocopias de los materiales consultados en la Biblioteca, respetando en todo momento las disposiciones legales sobre los derechos de autor;

VI. Consulta digital. Los usuarios pueden realizar consultas y búsquedas del material del acervo de la Biblioteca en catálogos en formato electrónico;

VII. Búsqueda especializada. Selección de datos e información especializada, previa autorización del coordinador de Biblioteca, la que se llevará a cabo a través del Sistema de Información en Enfermería;

VIII. Préstamo de material en reserva. Este servicio se presta únicamente al interior de la Biblioteca, a excepción de los investigadores, y

IX. Expedición de constancia de no adeudo. Se otorga a los usuarios que estén en proceso de titulación.